Ley Nº 3
Síntesis
Ley Provincial de Contabilidad y Organización de Contaduría General y TesoreríaDescripción
Artículo 1.- El presupuesto de la Provincia comprende la totalidad de los recursos y gastos ordinarios, extraordinarios y especiales de la administración general, de las administraciones de las entidades descentralizadas y de las empresas que administren un capital de la Provincia. El año financiero compensará el 1 de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año.
- Origen: Provincial
- Número: 0003
- Año: 1953
- Tipo: Ley
- Fecha: 03/06/1953