Ley Nº 26877
Síntesis
Centro de EstudiantesDescripción
Artículo Nº 1.- Las autoridades jurisdiccionales y las instituciones educativas públicas de nivel secundario, los institutos de educación superior e instituciones de modalidad de adultos incluyendo formación profesional de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, deben reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil.
- Origen: Nacional
- Número: 26877
- Año: 2013
- Tipo: Ley
- Fecha: 01/08/2013