Ley Nº 26150
Síntesis
Programa Nacional de Educación Sexual IntegralDescripción
ARTICULO 1º — Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos.
- Origen: Nacional
- Número: 26150
- Año: 2006
- Tipo: Ley
- Fecha: 04/10/2006