Resolución ME N° 0367/20
Síntesis
Establécese que los Postítulos y Pogrados contemplados en el artículo 14 inciso j), de la Ley N°1124 y sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, en forma previa a su valoración, por parte de los respectivos organismos, deberán ser presentados ante...Descripción
Artículo 1°.- Establécese que los Postítulos y Posgrados contemplados en el artículo 14 inciso j), de la Ley N° 1124 y sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, en forma previa a su valoración, por parte de los respectivos organismos, deberán ser presentados ante el Departamento de Títulos.-
Artículo 2°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 1334/17 de este Ministerio, por el Anexo de la presente Resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Anexo/s
- Funciones de la oficina de competencia de títulos - Departamento de títulos
- Origen: Provincial
- Número: 0367
- Año: 2020
- Tipo: Resolución
- Fecha: 17/06/2020