Resolución MCE Nº 1000/12

Resolución MCE Nº 1000/12

Síntesis

Ingreso de personas ajenas a las Instituciones Educativas de Gestión Privada

Descripción

Artículo 1º.- Establécese que el ingreso de personas ajenas a las Instituciones Educativas de Gestión Privada en aquellos espacios físicos en los cuales se realicen actividades escolares con la presencia de alumnos/as, deberá efectuarse con la autorización previa y expresa del personal directivo a cargo del establecimiento, del representante legal o de la comisión propietaria o de la persona física propietaria de la institución.

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