Decreto Nº 2118/85
Síntesis
Reglamentación de la ley 804Descripción
Artículo 1º.- La Subsecretaría de Información Pública, por intermedio de la Dirección de Prensa, será la encargada de la edición de las obras a que se refiere en artículo 1º de la Ley.
- Origen: Provincial
- Número: 2118
- Año: 1985
- Fecha: 21/08/1985
- Firma: Dr. Rubén Hugo MARIN