Acuerdo Nº 101/15
Descripción
Acuerdo Nº 101: En el marco de la implementación de la Ley de Educación Provincial Nº 2511, en los casos de la recategorización de establecimientos educativos y/o cargos directivos, a efectos de la acumulación de cargos y horas cátedra, el trabajador de la educación que ocupe dicho cargo en caracter de titular, prodrá mantener la situación laboral preexistente y superar hasta cuatro (4) horas la incompatibilidad prescripta en el artículo 124, inciso b) sin superposición horaria. Las situaciones no contempladas por el presente acuerdo seran resueltas por la Comisión Técnica creada por Acuerdo Paritario Nº86.
- Origen: Provincial
- Número: 0101
- Año: 2015
- Tipo: Acuerdo
- Fecha: 21/10/2015