Acuerdo Nº 47/10

Síntesis

Sustituye Art. 24 de la Ley Nº 1124. Prioridad de concursantes en vacantes.

Descripción

Acuerdo Nº 47: Se sustituye la redacción del Artículo 24 de la Ley Nº 1124 y modificatorias, por la siguiente redacción. Los aspirantes a cargos jerárquicos que hayan aprobado los concursos sin acceder a cargos por ser menor el número de vacantes concursadas que el número de aspirantes, tendrán prioridad para cubrir como titular las vacantes que se produzcan entre los cargos concursados, en la misma región, nivel y modalidad en que se inscribió. Esta prioridad se ejercerá por un lapso de tres años a partir de la fecha de finalizado el concurso correspondiente. En caso de no haber aspirantes en estas condiciones los interinatos serán cubiertos de acuerdo a lo previsto en los artículos 25 y 26 de la Ley Nº 1124 para suplencias.-

  • Origen: Provincial
  • Número: 0047
  • Año: 2010
  • Tipo: Acuerdo
  • Fecha: 02/12/2010

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