Acuerdo Nº 33/10
Síntesis
Modificación art. 202 inc c). Requisitos ascensoDescripción
Acuerdo Nº 32: Modifícase el inciso c) del artículo 202 de la Ley Nº 1124, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Para la cobertura de los cargos de ascenso no directivos, Secretario de Primera, de Segunda y de Tercera, Prosecretario de Primera y de Segunda, se considerará como requisito poseer 4 años de antigüedad en el nivel en cualquiera de los cargos que pertenecen al escalafón, incluyendo el de Auxiliar de Secretaría, respetando en el ofrecimiento el escalafón respectivo.".-
- Origen: Provincial
- Número: 0033
- Año: 2010
- Tipo: Acuerdo
- Fecha: 16/04/2010