Acuerdo Nº 17/08
Descripción
Acuerdo Nº 17: Modificar el último párrafo del artículo Nº 136, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Agotadas las licencias contempladas en el inciso c) del artículo 135, el trabajador de la educación tendrá derecho a que se le mantenga la reserva del cargo y/u horas cátedra sujeto a las disposiciones de la normativa vigente. El docente deberá acreditar trimestralmente ante el Servicio Médico Oficial, la circunstancia que motiva la referida franquicia".-
- Origen: Provincial
- Número: 0017
- Año: 2008
- Tipo: Acuerdo