Acuerdo Nº 17/08

Descripción

Acuerdo Nº 17: Modificar el último párrafo del artículo Nº 136, que quedará redactado de la siguiente manera:

"Agotadas las licencias contempladas en el inciso c) del artículo 135, el trabajador de la educación tendrá derecho a que se le mantenga la reserva del cargo y/u horas cátedra sujeto a las disposiciones de la normativa vigente. El docente deberá acreditar trimestralmente ante el Servicio Médico Oficial, la circunstancia que motiva la referida franquicia".-

  • Origen: Provincial
  • Número: 0017
  • Año: 2008
  • Tipo: Acuerdo

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